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  1. Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Diciembre de 2017 (Tesis num. 1a./J. 132/2017 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-12-2017 (Contradicción de Tesis)) NULIDAD DE MATRIMONIO CELEBRADO EN EL EXTRANJERO, CUANDO LOS CÓNYUGES TIENEN DOMICILIO CONYUGAL EN MÉXICO.

    • 10a

      Jurisprudencia; Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera...

    • Concepto Hecho Punible

      ejecutoria num. 438/2020 de suprema corte de justicia,...

  2. El 21 de agosto de 2019, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el amparo directo en revisión 7134/2018, a fin de determinar, desde la perspectiva de género, la constitucionalidad del régimen legal de sociedad conyugal previsto en el artículo 183 del Código Civil para el Distrito Federal1 (ahora Ciudad de México), ...

  3. Si se contrajo matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal, pero no se pactaron capitulaciones matrimoniales o haya omisión o imprecisión en ellas, se aplicará, en lo conducente, lo relativo a la sociedad9, es decir, lo dispuesto en términos generales para la sociedad conyugal –como es el caso-.

  4. Mediante la cual se resuelve el amparo directo en revisión 3878/2021, promovido en contra de la sentencia dictada en sesión del doce de julio de dos mil veintiuno por el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, en el juicio de amparo directo 109/2021.

  5. El domicilio conyugal es el hogar que de mutuo acuerdo establecen los cónyuges para vivir en común, formando un núcleo familiar independiente, en el que ambos gocen de la misma autoridad e iguales consideraciones para organizar su vida matrimonial en la forma que estimen más adecuada para cumplir con los fines del matrimonio, debiendo reunir aun...

  6. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió la contradicción de tesis 372/2015 y emitió la tesis de jurisprudencia 1a./J. 132/2017 (10a.), de rubro: “NULIDAD DE MATRIMONIO CELEBRADO EN EL EXTRANJERO, CUANDO LOS CÓNYUGES TIENEN DOMICILIO CONYUGAL EN MÉXICO.

  7. EL VÍNCULO DEL MATRIMONIO CON EL DEMANDADO DEBE TENERSE COMO CAUSA GENERADORA LEGAL PARA DEFENDER LA POSESIÓN DEL DOMICILIO CONYUGAL, CUANDO ÉSTA ES ANTERIOR A LA RELACIÓN CONTRACTUAL PERSONAL MATERIA DEL JUICIO NATURAL.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXXI, abril de 2010, página 2817 ...