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  1. ingeniero ENRIQUE ESTUARDO VENTURA JOYO, en el cargo de Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Ica, bajo el Régimen Laboral de la Actividad Privada del Decreto Legislativo N° 728 (confianza), con código

  2. ARTICULO SEGUNDO: DESIGNAR al señor Enrique Estuardo Ventura Joyo como integrante y en el cargo de Secretario Técnico de la Cornisión Distrital de Justicia de Género de la Corte Superior de Justicia de Lima Este para el año Judicial 20195 quedando integrada la Cornisión de la siguiente manera: Pilar Carbonel Vílchez

  3. Distrital al señor ingeniero Enrique Estuardo Ventura Joyo, en adición a sus funciones de Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, a partir del 01 de diciembre del 2018.

  4. scc.pj.gob.pe › wps › wcmscc.pj.gob.pe

    Superior de Justicia, al señor ingeniero Enrique Estuardo Ventura Joyo, en razón a la renuncia al cargo formulada por Gerente Público Freddy Diaz Castillo; siendo ello así, corresponde incorporar a este funcionario como integrante del referido Subcomité, dictándose el acto administrativo correspondiente.

  5. Enrique Estuardo Ventura Joyo y la jefa de la Unidad de Administración y Finanzas C.P.C. Giovanna Matilde Muñoz Palma, hizo la entrega de chalecos a los servidores judiciales del Servicio de Notificaciones de la Corte Iqueña; así mismo entrego 02 impresoras multifuncionales laser para el Archivo Central y Juzgado de Paz Letrado de Laramate.

  6. eje.pj.gob.pe › wps › wcmeje.pj.gob.pe

    Enrique Estuardo Ventura Joyo CARGO Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, quien 10 presidirá. Jefa de a Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura. integrante d Jueza Supericr, Permanente. Gerente de Administración Distritæl. la Sala Laboral Jefe de la Unidad de Planeamierto y Desarrollo, quien

  7. PJ, de fecha 12 de octubre de 2018, se designó al Ing. Enrique Estuardo Ventura Joyo, en el cargo de confianza de Jefe de Unidad de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; Que, a través de la Cuarta Disposición Complementaria