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  1. Es autor de numerosas obras, las principales de las cuales se han publicado en esta misma Editorial: Por una Constitución de la Tierra. La humanidad en la encrucijada (2.ª ed., 2023), Manifiesto por la igualdad (2019), Constitucionalismo más allá del estado (2.ª ed., 2024), El paradigma garantista.

  2. Editorial Trotta - Los fundamentos de los derechos fundamentales ;Luigi Ferrajoli; Este volumen recoge el debate sostenido en la revista «Teoria Politica», entre 1998 y 2000, entre los teóricos italianos más importantes en materia de derechos humanos.

  3. archivos.juridicas.unam.mx › www › bjvLUIGI FERRAJOLI - UNAM

    • Presentación
    • Garantismo y Derecho Penal mínimo
    • Garantismo y justificación externa del derecho penal
    • Garantismo y legitimación de la jurisdicción penal
    • Garantismo como filosofía política y como teoría crítica del Derecho
    • El Derecho Penal mínimo como ley del más débil
    • Cuestión criminal y cuestión penal en la actualidad
    • Qué castigar: la despenalización
    • Cómo castigar: la desprisionalización
    • Recodificación penal y cláusula de reserva
    • La separación entre derecho y moral
    • La ética en la comprobación de los hechos
    • La ética de la interpretación judicial. Garantismo, moralidad subjetiva del juez y arbitrio
    • ¿Qué es el Derecho Penal mínimo?
    • Por un programa de Derecho Penal mínimo. La reserva de código
    • La nueva cuestión criminal
    • La nueva cuestión penal
    • El futuro del derecho penal. Un programa de derecho penal mínimo
    • Dolor inflingido y dolor sufrido
    • Iusnaturalismo, iuspositivismo, iusconstitucionalismo
    • La crisis actual del paradigma constitucional

    La teoría garantista de Luigi Ferrajoli Una de las materias que mayor espacio ha ocupado y sigue ocu- pando en el conjunto de la teoría jurídica de Luigi Ferrajoli es el derecho penal. Para Ferrajoli es en este campo donde se juega su legitimación el Estado constitucional de nuestros días, pues es ahí donde se enfrentan en toda su crudeza y toda su...

    Desde hace unos veinte años, ha entrado en el léxico jurídico y político italiano una palabra relativamente nueva, ‘garantis-mo’, con la que se designa un modelo de derecho orientado a garantizar derechos subjetivos. Según el tipo de derechos para cuya protección se establecen las “garantías”, es decir las técnicas idóneas para asegurar su efectiva...

    Comenzaré por la primera tesis, la del nexo entre garantías y jus-tificación externa o política; es decir, los fines del derecho penal. Precisamente por orientarse a regular y minimizar la violencia puni-tiva, las garantías se configuran como las fuentes de justificación del derecho penal, como alternativa a la anarquía en las reacciones ante la of...

    Llegamos así a la segunda tesis: la del nexo entre garantías y legiti-mación, tanto interna o jurídica cuanto externa y política, del poder judicial. La pregunta que debemos responder es la siguiente: ¿cuál es el fun-damento democrático de la legitimación del poder punitivo, es decir de la jurisdicción penal? En la opinión común, como en el pensami...

    Así pues, las garantías pueden configurarse como fuentes de justi-ficación externa y de legitimación interna y al mismo tiempo —en cuanto ausentes o inefectivas— como criterios de deslegitimación tanto externa como interna. Se concreta así el sentido de la tercera tesis que he avanzado al comienzo. El garantismo es una doctrina filosófico-política ...

    Una reflexión sobre la pena —es decir sobre el rol y los límites de la sanción penal y específicamente de la pena carcela-ria— en una sociedad democrática requiere de una precisión inicial sobre lo que debe entenderse por una “sociedad democrática”. “Sociedad democrática” alude evidentemente a un genérico parámetro axiológico: el deber ser de la pe...

    Si ahora examinamos nuestro derecho penal, debemos constatar que él se encuentra bien lejos de un tal modelo de justificación, precisa-mente el del derecho penal mínimo. Y lo está hoy más que nunca, después del desarrollo en los últimos veinte años, de dos fenómenos convergentes: la transformación tanto de la cuestión criminal como de la cuestión p...

    Empezaré por la primera cuestión, “qué castigar” y por el tema de la despenalización. Me limitaré a dos observaciones, ambas banales. La primera relacionada con el nexo entre derecho penal mínimo y eficiencia, entre garantismo y rol de defensa social del derecho penal. Es claro que nuestra maquinaria judicial podrá afrontar con mucha mayor eficienc...

    Mucho más relevante es la segunda cuestión —cómo castigar— y el tema ligado a ella, la desprisionalización. Creo que los tiempos han madurado para poner en discusión la centralidad de la cárcel como pena principal en nuestro sistema penal. La cárcel, como sabemos, ha sido una invención moderna: una gran conquista buscada por el iluminismo humanitar...

    Despenalización y desprisionalización representan evidentemente un compromiso reformador en capacidad de concebir, a una distancia de sesenta años del Código Rocco, un nuevo código penal. En los últimos veinte años nuestra política criminal ha sido siempre una política de emergencia, sin asesoramiento de un diseño teórico, privada de toda dimensión...

    Los fundamentos de la deontología del juez y de la ética de la jurisdicción penal descansan, a mi parecer y aparentemente en forma paradójica, en el rasgo característico del Estado de derecho, que se expresa frecuentemente en la filosofía jurídica con la tesis de la moderna “separación entre derecho y moral”. ¿Qué quiere decir “separación entre der...

    Pero ¿cuáles son las condiciones que hacen a un juicio penal un pro-ceso “informativo”, es decir “cognitivo”, dirigido a comprobar antes que nada la verdad de los hechos juzgados? Sin pretender afrontar los enormes problemas conexos al significado de “verdad procesal” y a los criterios de aceptación de una tesis judicial como “verdadera”, será sufi...

    Obviamente, el paradigma cognoscitivo del juicio penal es un modelo límite, regulativo, nunca realizado plenamente y nunca plenamente realizable, a causa del carácter irreductiblemente opinable de la verdad jurídica, es decir, de la interpretación de la ley, y probabilística de la verdad factual, esto es, de la valoración de las pruebas. Y sin emba...

    La expresión “derecho penal mínimo” se ha convertido en estos años en una fórmula trillada, tan abundante como malinterpre-tada y deformada. Quizá éste es el destino que, más allá de la generación de teorías, todas las fórmulas —con frecuencia demasiado ignoradas— tienen a sus espaldas. En este caso, sin embargo, el uso y abuso de la fórmula llega ...

    De frente a la gravedad de la crisis a la que nos referimos —que corre el riesgo de arrasar con la credibilidad en el derecho y la jurisdicción penal— la única respuesta racional es precisamente la refundación por completo del sistema penal, tendiente a restaurar la eficiencia y garantías que hemos expresado con el modelo normativo del derecho pena...

    Ha cambiado sobre todo la cuestión criminal. La criminalidad que hoy en día atenta contra los derechos y los bienes fundamentales no es ya la vieja criminalidad de subsistencia, ejecutada por sujetos individua-les, prevalentemente marginados. La criminalidad que amenaza más gravemente los derechos, la democracia, la paz y el futuro mismo de nuestro...

    Paso a la otra gran cuestión que he mencionado al inicio: la cuestión penal, que el cambio de la cuestión criminal nos debería hacer repen-sar radicalmente, tanto desde el punto de vista de la efectividad como del de las técnicas de tutela y de garantía. ¿Cómo ha reaccionado el sistema penal a la nueva carga de funciones y responsabilidad de-rivada...

    Frente a esta crisis regresiva del derecho penal es hoy necesaria y urgen-te una batalla política y cultural en torno a un programa de derecho penal garantista. Un programa de ese tipo, que he llamado de derecho penal mínimo, debería intentar restituir el derecho penal su naturaleza de instrumento costoso, como extrema ratio, y por otro lado su pap...

    En un ensayo de hace unos años Salvatore Natoli propuso re- pensar el derecho sobre la base de sus nexos —en cuanto cura en cuanto sanción— con el dolor.1 Me parece muy fecunda estimulante, en particular, la distinción sugerida por él de las dos figuras del dolor sufrido y del dolor inflingido —uno natural, el otro producto de los hombres— correspo...

    Es esta especificidad del derecho moderno la que se ignora por las tesis iusnaturalistas de quienes todavía hoy —pienso, por ejemplo, en Emanuele Severino—, identifican como el rasgo característico del derecho propio de “la tradición occidental” el ser un reflejo del or-den natural, es decir de un “ordenamiento inmutable develado por la episteme”.3...

    Hoy en día también el paradigma del Estado constitucional de derecho que nos fue heredado por la tradición occidental ha entrado en crisis. Han cambiado las coordenadas estatales que conforman su presupues-to. Se ha reducido la soberanía externa de los Estados nacionales, tanto en el plano jurídico por su sujeción a la Carta de la ONU y a las grand...

  4. Fecha de publicación: 2010. Páginas: 376. Democracia y garantismo quiere ser una especie de «inventario selectivo» para orientar al lector en la producción intelectual de Luigi Ferrajoli en los años que van de la aparición de Derecho y razón (1989) a la de Principia iuris (2007).

    Título
    Precio
    Democracia y garantismo Autor: Luigi ...
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    Garantismo Autor: Luigi Ferrajoli ...
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    Iura paria Autor: Luigi Ferrajoli ...
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    La logica del Derecho. Diez aporias en la ...
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  5. Ferrajoli Luigi. Constitucionalismo más allá del Estado. 2018. Madrid. Trotta. 96pp. DOI: https://doi.org/10.22201/iij.24484881e.2020.42.14354. En la obra del profesor Luigi Ferrajoli podemos encontrar explicaciones bastante lúcidas de las transformaciones paradigmáticas del derecho y del constitucionalismo.

  6. La presente obra, que reúne las voces de los más destacados conocedores europeos y latinoamericanos del pensamiento jurídico de Ferrajoli, ofrece al lector de lengua castellana una colección inédita de incursiones en los temas y las tesis que han ocupado la atención del profesor italiano.