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  1. Ley 1274 de 2009 Congreso de la República de Colombia Establece el procedimiento de avalúo para las servidumbres petroleras. Señala el trámite para la negociación directa, solicitud de avalúo de perjuicios, autoridad competente para conocer la solicitud de avalúo, trámite de la solicitud, ocupación permanente y ocupación transitoria, registro del acuerdo entre las partes y ...

  2. Ley 1274 de 2009. Descargar PDF. Fechas ... Dada en Bogotá, D. C., a 5 de enero de 2009. ÁLVARO URIBE VÉLEZ. El Ministro de Minas y Energía,

  3. LEY 1274 DEL 05 DE ENERO DE 2009 por la cual se establece el procedimiento de avalúo para las servidumbres petroleras.. El Congreso de Colombia. DECRETA:span> Artículo 1° Servidumbres en la Industria de los Hidrocarburos

  4. El Tribunal decidirá en derecho y se sujetará a las disposiciones del derecho sustantivo y procesal de la República de Colombia, en particular del Decreto-Ley 1818 de 1998, del Decreto 2279 de 1989, de la Ley 446 de 1998, de la Ley 23 de 1991, del Decreto 2651 de 1991, de la Ley 640 de 2001 y de las demás que resulten aplicables a la materia.

  5. Texto completo. (1) LEY 1274 DE 2009. (enero 5) Diario Oficial No. 47.223 de 5 de enero de 2009 CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Por la cual se establece el procedimiento de avalúo para las servidumbres petroleras. EL CONGRESO DE COLOMBIA. DECRETA: ARTÍCULO 1o.

  6. LEY 1274 DE 2009. (enero 5) Diario Oficial No. 47.223 de 5 de enero de 2009. CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Por la cual se establece el procedimiento de avalúo para las servidumbres petroleras. EL CONGRESO DE COLOMBIA. DECRETA: ARTÍCULO 1o. SERVIDUMBRES EN LA INDUSTRIA DE LOS HIDROCARBUROS.

  7. 1. El interesado deberá dar aviso formal al propietario, poseedor u ocupante de los terrenos o al dueño de las mejoras, según el caso. 2. El aviso deberá realizarse mediante escrito y señalar: a) La necesidad de ocupar permanente o transitoriamente el predio. b) La extensión requerida determinada por linderos.