Resultado de búsqueda
Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a Órganos de Representación de los Trabajadores en la Empresa. Ficha. Versiones/revisiones. Ficha: Órgano MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Publicado en BOE de 13 de Septiembre de 1994. Vigencia desde 14 de Septiembre de 1994.
Por todo ello, y en virtud de la . disposición final cuarta de la Ley 11/1994, de 19 de mayo, que habilita al Gobierno para elaborar un Reglamento para la celebración de elecciones a los órganos de representación de los trabajadores en las empresas, se dicta el presente Real Decreto de aprobación de dicho Reglamento.
Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado. Ficha. Ficha: Órgano MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS.
5 de feb. de 2021 · Suprema Corte establece jurisprudencia sobre elecciones en sindicatos. Detalles. Escrito por Sergio Fonseca. Publicado: 05 Febrero 2021. Suprema Corte. derechos laborales. La Segunda Sala reiteró que las organizaciones sindicales deben garantizar procedimientos internos democráticos y transparentes.
REAL DECRETO 1844/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa. - Boletín Oficial del Estado de 13-09-1994. Tiempo de lectura: 1 min. Índice. Texto. Histórico. Relacionados. Ambito: BOE. Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Septiembre de 2015.
7 de feb. de 2023 · Y es precisamente en este marco en el cual hay que entender la creciente regulación de la vida sindical desde fuera de los sindicatos, en donde las reglas para regular temas clave, como la elección de las dirigencias sindicales, aparecen como un aspecto de la mayor relevancia, no sólo porque la necesaria autenticidad y transparencia de estas elecciones se presenta como algo básico e ...
30 de sept. de 2021 · Se trataba de una reforma que obligaría a las federaciones, confederaciones y sindicatos mexicanos a tener procesos de elección de sus líderes mediante voto personal, secreto, directo y libre. Es decir, se abriría según lo legislado, una nueva era en la tan anhelada democracia sindical.