Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. República parlamentaria. La república parlamentaria es, en oposición a las repúblicas presidencialistas y las semipresidencialistas, una forma de gobierno en la cual el jefe del Estado, normalmente, no tiene poderes ejecutivos reales como un presidente ejecutivo, ya que la mayoría de estos poderes le han sido concedidos al jefe de gobierno

  2. La república parlamentaria es un tipo de gobierno en el que el poder legislativo recae en el Parlamento. En este sistema existe un presidente que ostenta el cargo de jefe de Estado. Esta figura es elegida democráticamente, bien por el pueblo o por el propio parlamento.

  3. Pintura de Honoré Daumier, 1848. Tradicionalmente, se ha definido la república como la forma de gobernar de los países en los que el pueblo tiene la soberanía y facultad para el ejercicio del poder, aunque sea delegado por el pueblo soberano en gobernantes que elige de un modo u otro.

  4. La República Parlamentaria o Régimen Parlamentario es un período de la historia de Chile que se extendió entre 1891 —cuando estalló la Guerra civil — y en 1925 —cuando se produjo el Golpe de Estado de 1924, que implicó la clausura del Congreso, y la promulgación de la Constitución de 1925, que estableció una República presidencial —.

    • Periodo histórico
    • Catolicismo (oficial)
  5. La República de Weimar (en alemán: Weimarer Republik; ( pronunciación en alemán: /ˈvaɪ̯maʁɐ ʁepuˈbliːk/ ⓘ )), nominalmente conservando el nombre de Imperio alemán, fue el régimen político y, por extensión, el período de la historia de Alemania comprendido entre 1918 y 1933, tras la derrota del país en la Primera Guerra Mundial.

  6. La Segunda República Federal es el nombre con el que se le conoce al segundo intento federalista en la historia de México. Oficialmente llamada Estados Unidos Mexicanos, la república federal fue restaurada el 22 de agosto de 1846, cuando el presidente interino José Mariano Salas, expidió el decreto que restauraba la Constitución de 1824 ...

  7. De acuerdo con el artículo 26 del Reglamento del Congreso de la República, la organización parlamentaria se divide en los siguientes órganos: El Pleno : es la máxima asamblea deliberativa del Congreso, en el cual se debaten y se votan todos los asuntos y se realizan los actos que prevén las normas constitucionales, legales y reglamentarias