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  1. Artículo 1101 del Código Civil. Código Civil. Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas. art 1101 cc.

  2. CÓDIGO CIVIL FEDERAL Disposiciones Preliminares Artículo 1o.- Las disposiciones de este Código regirán en toda la República en asuntos del orden federal. Artículo 2o.- La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer; en consecuencia, la mujer no

  3. Código Civil Federal › Libro Segundo - De los Bienes › Título Sexto - De las Servidumbres › Capítulo V - De la Servidumbre Legal de Paso › Artículos 1097 al 1108

  4. Artículo 1101 del Código Civil. La responsabilidad contractual, también conocida como responsabilidad civil contractual, es el conjunto de obligaciones legales que surgen de la firma de un contrato. Las partes se vinculan por este documento, que legalmente celebrado tiene efecto de ley.

  5. El artículo 1.101 del Código Civil establece que no es indispensable que haya vicios en el consentimiento, engaño, dolo o mala fe en el cumplimiento del contrato para incurrir en responsabilidad. Basta con un incumplimiento culposo del contrato para generar la obligación de indemnizar.

  6. 8 de ene. de 2015 · El artículo 1.101 del Código Civil regula la indemnización por daños y perjuicios en caso de incumplimiento contractual. Si no hubiese una relación contractual, se trataría de una responsabilidad extracontractual, regulada en el artículo 1902 y siguientes del Código Civil y que prescribe en el plazo de un año. Requisitos. 1.-