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  1. El Nuevo Tratado de la Unión (en ruso: Новый союзный договор) fue un proyecto de tratado para reemplazar al Tratado de Creación de la URSS de 1922, y sustituir a la Unión Soviética por una nueva entidad que se llamaría Unión de Estados Soberanos (en ruso: Сою́з Сувере́нных Госуда́рств) (ССГ ...

  2. Los Tratados constitutivos de la Unión Europea son el conjunto de tratados internacionales de los denominados constitutivos, que constituyen la norma suprema del ordenamiento jurídico europeo, a la que están sujetos todos los poderes públicos y ciudadanos de la Unión.

  3. El Nuevo Tratado de la Unión fue un proyecto de tratado para reemplazar al Tratado de Creación de la URSS de 1922, y sustituir a la Unión Soviética por una nueva entidad que se llamaría Unión de Estados Soberanos (ССГ-SSG) en un intento de Mijaíl Gorbachov de salvar el Estado soviético.

  4. El Tratado de Unión (en inglés: Treaty of Union) es el nombre que generalmente se le da ahora al acuerdo que condujo a la creación del nuevo estado de Gran Bretaña, que establece que Inglaterra (que ya incluía Gales) y Escocia debían ser "Unidos en un solo reino con el nombre de Gran Bretaña". [1]

  5. El Parlamento expresa sus posiciones sobre la ampliación en forma de resoluciones anuales que responden a los más recientes informes anuales por países que publica la Comisión. El 23 de noviembre de 2022 adoptó recomendaciones relativas a una nueva estrategia de la Unión para la ampliación.

  6. 26 de oct. de 2012 · Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (versión consolidada 2002) DO C 325 de 24.12.2002. Tratado de la Unión Europea (versión consolidada 2002) DO C 325 de 24.12.2002. Tratado de Niza (2001) DO C 80 de 10.3.2001. Convenio de Schengen (1985) Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (versión consolidada 1997) DO C 340 de 10.11.1997.

  7. El Tratado de la Unión Europea se firmó en Maastricht en presencia del Presidente del Parlamento Europeo, Egon Klepsch. Conforme a dicho Tratado, la Unión se fundamenta en las Comunidades Europeas (primer pilar), con dos ámbitos de cooperación adicionales (segundo y tercer pilar): la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y el ámbito de Justicia y Asuntos de Interior (JAI).