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  1. 8 de feb. de 2010 · Se reemplaza la definición general deAccidente de tránsito” contenida en el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por Ley N° 2148 (B.O.C.B.A. N° 2615) por la siguiente: “Incidente de tránsito o incidente vial: Hecho en el cual se produce daño a personas o cosas, en ocasión de la circulación en la vía pública”.

  2. Accidente. El accidente se describe como un suceso repentino que puede ser causado involuntariamente por personas o agentes externos que en muchos casos ocasiona daños corporales y materiales. Existen varios tipos de accidentes, los más comunes son de tránsito terrestre o aéreo, laboral, del hogar y de salud como el accidente cerebrovascular.

  3. accidente de tráfico (traffic accident) Se considera como tal aquel que sucede como consecuencia de la colisión de un vehículo a motor con otra cosa o persona. Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico. Accidente de tráfico con ...

  4. Teniendo en cuenta las múltiples inquietudes originadas por la definición de accidente de tránsito, contenida en el Decreto 056 del 2015, y con el propósito de facilitar su interpretación y aplicación, el Gobierno precisó dicho término. En efecto, a través del Decreto 056, el Ministerio de Salud reglamentó los servicios y prestaciones ...

  5. 2.2.3 LESIONES CAUSADAS POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO. 2.2.3.1 Daño. El daño es un cambio anormal en la estructura de una parte del cuerpo, producida por un accidente de tránsito, es decir que es producto de la negligencia, impericia, imprudencia del conductor, las heridas en la piel pueden considerarse como lesiones pudiendo alterar la ...

  6. Croquis: Plano descriptivo de los pormenores de un accidente de tránsito donde resulten daños a personas, vehículos, inmuebles, muebles o animales, levantado en el sitio de los hechos por el agente, la policía de tránsito o por la autoridad competente.

  7. Definición . Se define como accidente de tránsito la acción culposa cometida por los conductores de los vehículos, sus pasajeros o los peatones, al transitar por todas las vías públicas terrestres de la Nación que estén al servicio y uso del público en general; asimismo, la circulación de los vehículos en las gasolineras; en todo lugar destinado al estacionamiento público o ...