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  1. La integran los diputados Pedro Díaz Colodrero (Corrientes), Martín Zapata (Mendoza), Juan del Campillo (Córdoba), Juan María Gutiérrez (Entre Ríos), José Benjamín Gorostiaga (Santiago del Estero), Manuel Leiva (Santa Fe), Pedro Ferré (Corrientes) quién fue reemplazado por un tiempo por Salustiano Zavalía (Tucumán).

  2. Reunidos en una Junta Suprema Central Gubernativa del Reino, que fue reconocida como la máxima autoridad, se convocó a diputados de todos los territorios del Imperio, bajo el principio de que los dominios americanos no eran “colonias” sino parte de la monarquía.

  3. La Constitución de 1853 sentó las bases jurídicas del Estado de la República Argentina. El texto constaba de un preámbulo y 107 artículos, organizados en dos partes: los derechos de los habitantes y la organización del gobierno. Esta constitución estableció un sistema republicano con división de poderes y una federación de provincias autónomas.

  4. El constitucionalismo surgió a partir del siglo XVII, alcanzando en el siglo XVIII su máximo esplendor.

  5. 20 de ago. de 2010 · La Constitución de 1853 consagra lo que en teoría política se denomina Estado de derecho, esto es, un Estado sometido al derecho, por contraposición con los Estados absolutos.

  6. El marco histórico. Leyes principales . . . . . . . . . . . . . 27. Congreso ordinario de 1835-1836 erigido en Constituyente . . 33. Constitución de las Siete Leyes . . . . . . . . . . . . . . . . 36.

  7. Las principales controversias versaron sobre los problemas de la religión, la libertad de cultos, la capital de la república, el juicio político a los gobernadores, la declaración de los derechos y algunos aspectos impositivos.