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  1. Hace 5 días · PARA QUE LOS BIENES ADQUIRIDOS A TÍTULO GRATUITO (DONACIÓN, HERENCIA O LEGADO) DE MANERA INDIVIDUAL POR ALGUNO DE LOS CÓNYUGES DURANTE LA VIGENCIA DEL MATRIMONIO FORMEN PARTE DEL CAUDAL DE ESTE RÉGIMEN, DEBE PACTARSE ASÍ EN LAS CAPITULACIONES MATRIMONIALES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ). El artículo 171 del Código Civil del Estado ...

  2. Hace 6 días · CCCN Artículo 1740 Nacional. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024. Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 1740. Reparación plena. La reparación del daño debe ser plena. Consiste en la restitución de la situación del damnificado al estado anterior al hecho dañoso, sea por el pago en dinero o en especie.

  3. 4 de may. de 2024 · Clasificación de obligaciones según el Código Civil: Todo lo que necesitas saber. El Código Civil es la ley que regula las obligaciones entre las personas en México. En este marco legal, se establecen diferentes tipos de obligaciones que las partes pueden adquirir.

  4. 4 de may. de 2024 · Para citar el Código Civil Federal en APA, debes seguir el siguiente formato: Nombre del código: Código Civil Federal; Versión: Fecha de la versión que estás consultando; Editor o autor: Gobierno de México; Año: Año de la versión consultada; URL: URL si es una versión en línea

  5. 24 de abr. de 2024 · Art. 1740 Código Civil del Estado de Nuevo León Artículo 1740 La cláusula penal no puede exceder ni en valor ni en cuantía a la obligación principal. - Legislación mexicana 2021. Código Civil Artículo 1740 Estado de Nuevo León. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024. Código Civil Nuevo León. Artículo 1740.

  6. Hace 6 días · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-05-2024. Código Civil. Artículo 1740. La sociedad es obligada al pago: 1º. De todas las pensiones e intereses que corran sea contra la sociedad, sea contra cualquiera de los cónyuges y que se devenguen durante la sociedad; 2º.

  7. Hace 6 días · Si se declara nulo el contrato celebrado con una persona incapaz sin los requisitos que la ley exige, el que contrató con ella no puede pedir restitución o reembolso de lo que gasto o pago en virtud del contrato, sino en cuanto probare haberse hecho más rica con ello la persona incapaz.