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  1. 24 de abr. de 2024 · Art. 1196 Código Civil Federal de la Federación CCF Artículo 1196 (Se deroga). - Legislación mexicana 2021. CCF Artículo 1196 Federal de México. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1196. (Se deroga). Federal de México Artículo 1196 Código Civil Federal.

  2. 5 de ene. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024. Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 1199. Excepciones al plazo mínimo legal. No se aplica el plazo mínimo legal a los contratos de locación de inmuebles o parte de ellos destinados a:.

  3. 1 de may. de 2024 · Código Civil. Artículo 1196. Donaciones revocables nulas. Son nulas las donaciones revocables de personas que no pueden testar o donar entre vivos. Son nulas, así mismo, las entre personas que no pueden recibir asignaciones testamentarias o donaciones entre vivos una de otra.

  4. 23 de abr. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-04-2024. Código Civil. Artículo 1196. Si no hubiere cómo completar las legítimas y mejoras, calculadas en conformidad a los artículos precedentes, se rebajarán unas y otras a prorrata. Chile Art. 1196 CC.

  5. 5 de ene. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024. Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 1596. Causales de extinción. La fianza se extingue por las siguientes causales especiales:

  6. 6 de may. de 2024 · Artículo 1996. Obligaciones del arrendatario. El arrendatario es obligado a usar de la cosa según los términos o el espíritu del contrato; y no podrá, en consecuencia, hacerla servir a otros objetos que los convenidos, o a falta de convención expresa, a aquellos a que la cosa es naturalmente destinada, o que deban presumirse de ...

  7. 15 de abr. de 2024 · Artículo 1196. Responsabilidad del empresario en razón del depósito. La responsabilidad del empresario será la del depositario. Esta cesará cuando la sustracción, pérdida o deterioro de las cosas depositadas sean imputables a culpa grave del depositante, de sus empleados, visitantes o acompañantes, o a la naturaleza o vicio de la cosa.