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  1. 5 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1247 Estado de Quintana Roo. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06/05/2024. Código Civil Quintana Roo. Artículo 1247. Serán nulas las disposiciones hechas a título universal o particular cuando se funden en una causa expresa que resulte errónea, si ha sido la única que determinó la voluntad del testador.

  2. 14 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1247 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-05-2024. Código Civil. Artículo 1247. El beneficio de inventario consiste en no hacer a los herederos que aceptan responsables de las obligaciones hereditarias y testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los bienes que han heredado.

  3. 24 de abr. de 2024 · Código Civil Sonora Artículo 1247. Todos los propietarios que participen del beneficio proveniente de las obras de que tratan los artículos anteriores, están obligados a contribuir al gasto de su ejecución en proporción a su interés y a juicio de peritos. Los que por su culpa hubieren ocasionado el daño, serán responsables ...

  4. 11 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1247 Colombia. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024. Código Civil. Artículo 1247. Legitima incompleta. Si la suma de lo que se ha dado en razón de legítima no alcanzare la mitad del acervo imaginario, el déficit se sacará de los bienes, con preferencia a toda otra inversión. Colombia Art. 1247 CC.

  5. 14 de may. de 2024 · Código Civil Artículo 1264 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-05-2024. Código Civil. Artículo 1264. El que probare su derecho a una herencia, ocupada por otra persona en calidad de heredero, tendrá acción para que se le adjudique la herencia, y se le restituyan las cosas hereditarias, tanto ...

  6. 1 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 31/03/2024. Código Civil Chihuahua. Artículo 1247. El testador es libre para establecer condiciones al disponer de sus bienes, siempre que no sean contrarias a la ley o las buenas costumbres.

  7. 11 de may. de 2024 · Si un legitimario no lleva el todo o parte de su legítima, por incapacidad, indignidad o desheredamiento, o porque la ha repudiado, y no tiene descendencia con derecho a representarlo, dicho todo o parte se agregará a la mitad de legítimas, y contribuirá a formar las legítimas rigurosas de los otros, y la porción conyugal en el caso del artículo...