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  1. 11 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024. Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 1746. Indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica. En caso de lesiones o incapacidad permanente, física o psíquica, total o parcial, la indemnización debe ser evaluada mediante la determinación de un ...

  2. 3 de abr. de 2017 · Entre las muchas novedades que el Código Civil y Comercial (CCyC) ha traído, nos encontramos con este texto del art. 1746, referido a la estimación de la indemnización resarcitoria de las disfuncionalidades (1) psicofísicas. Ciertamente la mentada norma dice: Indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica.

  3. Se presumen los gastos médicos, farmacéuticos y por transporte que resultan razonables en función de la í­ndole de las lesiones o la incapacidad. En el supuesto de incapacidad permanente se debe indemnizar el daño aunque el damnificado continúe ejerciendo una tarea remunerada.

  4. Del artículo 1738, en función con el 1741, 1745 y 1746 CCYC, surge que existen dos tipos de consecuencias resarcibles: las patrimoniales y las extrapatrimoniales. Por tanto, no cabe en este sistema otro tipo de consecuencias dañosas resarcibles.

  5. 19 de sept. de 2015 · articulo 1746.- Indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica. En caso de lesiones o incapacidad permanente, física o psíquica, total o parcial, la indemnización debe ser evaluada mediante la determinación de un capital, de tal modo que sus rentas cubran la disminución de la aptitud del damnificado para realizar ...

  6. “Asimismo, las normas deben ser interpretadas de manera sistemática (arts. 1º y 2º del CCyC), por lo que el art. 1746 del CCyC debe ser estudiado conforme a los principios de jerarquía constitucional de "no dañar a otro" y de "reparación plena".

  7. A modo de síntesis. Cita Online: AR/DOC/2165/2015. Voces. La regla contenida en el nuevo artículo 1746 del Código Civil y Comercial es definidamente superior a cualquier determinación que no tenga otra base que la pura autoridad del decisor o la mera reiteración de decisiones autoritativas.