Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Artículo 1137 del Código Civil. Código Civil Federal. Sólo pueden prescribirse los bienes y obligaciones que están en el comercio, salvo las excepciones establecidas por la ley. art 1137 cc. Código Civil Federal. LIBRO SEGUNDO - De los Bienes. TÍTULO SEPTIMO - De la Prescripción. CAPÍTULO I - Disposiciones Generales. Artículo 1135.

  2. Artículo 1137. Sólo pueden prescribirse los bienes y obligaciones que están en el comercio, salvo las excepciones establecidas por la ley. Artículo 1138.

  3. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  4. art 1137 cc. El artículo 1137 del Código Civil español hace referencia al carácter de solidaria que puede tener una obligación. Esto ocurre cuando dos o más acreedores o dos o más deudores en una obligación. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título I: De las obligaciones.

  5. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1137. Sólo pueden prescribirse los bienes y obligaciones que están en el comercio, salvo las excepciones establecidas por la ley.

  6. Artículo 1157. La sentencia ejecutoria que declare procedente la acción de prescripción, se inscribirá en el Registro Público y servirá de título de propiedad al poseedor. << Capítulo I Índice Capítulo III >>. Código Civil Federal, Capítulo II, Título Séptimo, Libro Segundo, por Justia México.

  7. Artículo 1137.- Sólo pueden prescribirse los bienes y obligaciones que están en el comercio, salvo las excepciones establecidas por la ley. Artículo 1138.-