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  1. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  2. Artículo 1198 del Código Civil. Código Civil. El deudor que hubiere consentido en la cesión de derechos hecha por un acreedor a favor de un tercero, no podrá oponer al cesionario la compensación que le correspondería contra el cedente. Si el acreedor le hizo saber la cesión y el deudor no la consintió, puede oponer la compensación de ...

  3. El artículo 1198 del Código Civil español explica distintos aspectos relacionados con la cesión de derechos y la compensación. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título I: De las obligaciones. Capítulo IV: De la extinción de las obligaciones Sección V: De la compensación Artículo 1195; Artículo 1196; Artículo ...

  4. Código Civil Federal. › Libro Segundo - De los Bienes. › Título Octavo - De los Derechos de Autor. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Capítulo I (Artículo 1181 - Artículo 1243) Capítulo II (Artículo 1244 - Artículo 1254) Capítulo III (Artículo 1255 - Artículo 1280) (TÍTULO DEROGADO D.O.F. 14 DE ENERO DE 1948)

    • Análisis Del Artículo 1198 Del Código Civil Comentado
    • Introducción
    • Interpretación Del Artículo 1198

    Análisis del artículo 1198 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina ¿Qué dice el artículo 1198 del Código Civil? ¿Qué establece el art. 1198 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina?

    Este artículo regula y unifica, a diferencia de lo que ocurría con la anterior legislación, el plazo mínimo para la locación de inmueble. este plazo es presunto para los supuestos en los que las partes no lo hubieran pactado, o no se pudiera probar otro diferente. las únicas excepciones son las establecidas taxativamente en el art. 1199 CCyC. La no...

    2.1. Unificación de plazo mínimo y presunto

    A diferencia de lo que ocurría con el régimen del CC y de la ley 23.091, que disponían un entramado y variedad de plazos, el CCyC unifica el plazo mínimo de la locación inmobiliaria, para todos los casos, en dos años. las normas primeramente mencionadas establecían diferencias en cuanto al destino y a la ubicación de los inmuebles. Así, el cc, a partir de la ley 11.156, definió, como plazos mínimos, un año y medio para habitación y dos años para destino de industria y comercio. Estos plazos e...

    2.2. Renuncia al plazo mínimo

    El último párrafo del artículo resulta novedoso considerando la legislación antecedente. Debe partirse, para su análisis, de que la fijación de un plazo mínimo es una prerrogativa que se incorpora en la ley como un mecanismo de protección al locatario: es en su beneficio que se establece legalmente. el cuarto párrafo del art. 1507 CC lo disponía expresamente: “el beneficio del plazo legal que se establece en el primer apartado de este artículo a favor del locatario…”. Sobre esa misma idea, la...

  5. Código Civil Federal › Libro Segundo - De los Bienes› Título Octavo - De los Derechos de Autor› Capítulo I› Artículos 1181 al 1243. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Artículo 1181. Artículo 1182.

  6. Tal como lo establece, entre otros, el artículo 1198 del Código Civil de la República de Argentina, reformado por la ley 17711. Más adelante abundaré al respecto.