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  1. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  2. art 1269 cc. El artículo 1269 del Código Civil español hace referencia al dolo como uno de los vicios del consentimiento. Código Civil. LIBRO IV. DE LAS OBLIGACIONES Y CONTRATOS. Título II: De los contratos. Capítulo II: De los requisitos esenciales para la validez de los contratos. Sección I: Del consentimiento. Artículo 1262 ...

  3. El artículo 1269 del Código Civil establece que si una de las partes usa palabras o acciones engañosas para persuadir a la otra, se considera un acto doloso. Esto significa que la persona que fue engañada puede impugnar o anular el contrato.

  4. Hace 5 días · Art. 1269 Código Civil Federal de la Federación CCF Artículo 1269 (Se deroga). - Legislación mexicana 2021. CCF Artículo 1269 Federal de México. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08/04/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1269. (Se deroga). Federal de México Artículo 1269 Código Civil Federal.

  5. Código Civil Federal. › Libro Tercero - De las Sucesiones. › Título Segundo - De la Sucesión por Testamento. › Capítulo I - De los Testamentos en General. › Artículos 1295 al 1304. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Artículo 1295. Artículo 1296. Artículo 1297. Artículo 1298. Artículo 1299. Artículo 1300.

  6. Artículo 1265 del Código Civil. Es decir, para que exista debe estar presente alguno de los siguientes elementos: el dolo, el error, la violencia y la intimidación. Los vicios del consentimiento por dolo y error representan una falta de conocimiento para la voluntad de la persona.

  7. En el artículo 1266 del Código Civil se especifican los elementos causantes de vicios de consentimiento, así como sigue: Para que el error invalide el consentimiento, deberá recaer sobre la sustancia de la cosa que fuere objeto del contrato, o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubiesen dado motivo a celebrarlo.