Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Alberto Carrasquilla Barrera. El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo Abondano. DECRETO 1796 DE 2020, 30/12/2020, por el cual se modifica parcialmente el Arancel de aduanas para la importación de bienes clasificados por la subpartida arancelaria 8711.60.00.90.

  2. Última actualización: 2 de Abril de 2024 (Diario Oficial No. 52.700 de 16 de Marzo de 2024) Decreto 1796 de 2020 - Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de aduanas para la importación de bienes clasificados por la subpartida arancelaria 8711.60.00.90 - Compilación Jurídica de la DIAN.

  3. 30 de dic. de 2020 · Decreto 1796 – CICLOMOTORES ELÉCTRICOS, MOTOCICLETAS ELÉCTRICAS Y MOTOCARROS ELÉCTRICOS SIN REVERSA, CLASIFICADOS POR LA SUBPARTIDA ARANCELARIA 8711.60.00.90. Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de aduanas para la importación de bienes clasificados por la subpartida arancelaria 8711.60.00.90. Decreto Nº 1796.

  4. DECRETO 1796 DE 2021. (Diciembre 21) "Por el cual se modifica el Artículo 2 Decreto 1381 de 1997" EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA. En desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992, CONSIDERANDO:

  5. decreto 1796 de 2020 (Diciembre 30) “Por el cual se modifica parcialmente el arancel de aduanas para la importación de bienes clasificados por la subpartida arancelaria 8711.60.00.90”.

  6. Fecha de publicación; 1: Decreto 1796 del 30 de diciembre de 2020, "por el cual se modifica parcialmente el Arancel de aduanas para la importación de bienes clasificados por la subpartida arancelaria 8711.60.00.90". 166 KB: 31/12/2020: 31/12/2020: Descargar: 2

  7. dapre.presidencia.gov.co › normativa › normativaPresidencia

    Presidencia