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  1. Hace 4 días · Art. 148 CGP Procedencia de la acumulación en los procesos declarativos Ley 1564 de 2012 Código General del Proceso Artículo 148 Para la acumulación de procesos y demandas se aplicarán las siguientes reglas: 1.

  2. Hace 4 días · Código General del Proceso. Artículo 362. Arancel. Cada dos (2) años el Consejo Superior de la Judicatura regulará el arancel judicial relacionado con copias, desgloses, certificaciones, autenticaciones, notificaciones y similares. El magistrado o juez que autorice o tolere el cobro de derechos por servicios no remunerables o en cuantía ...

  3. Hace 4 días · Código General del Proceso Artículo 572. Acciones revocatorias y de simulación Durante los procedimientos de negociación de deudas, convalidación del acuerdo privado o liquidación patrimonial, podrá demandarse la revocatoria o la simulación de los siguientes actos celebrados por el deudor: 1.

  4. Hace 4 días · Art. 384 CGP Restitución de inmueble arrendado Ley 1564 de 2012 Código General del Proceso Artículo 384 Cuando el arrendador demande para que el arrendatario le restituya el inmueble arrendado se aplicar&

  5. 31 de mar. de 2024 · Código General del Proceso Artículo 246. Valor probatorio de las copias Las copias tendrán el mismo valor probatorio del original, salvo cuando por disposición legal sea necesaria la presentación del original o de una determinada copia.

  6. Hace 4 días · Código General del Proceso Artículo 463. Acumulación de demandas Aun antes de haber sido notificado el mandamiento de pago al ejecutado y hasta antes del auto que fije la primera fecha para remate o la terminación del proceso por cualquier causa, podrán formularse nuevas demandas ejecutivas por el mismo ejecutante o por terceros contra cualquiera de los ejecutados, para que sean ...

  7. Hace 4 días · Código General del Proceso Artículo 282. Resolución sobre excepciones En cualquier tipo de proceso, cuando el juez halle probados los hechos que constituyen una excepción deberá reconocerla oficiosamente en la sentencia, salvo las de prescripción, compensación y nulidad relativa, que deberán alegarse en la contestación de la demanda.