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  1. Brindar a los alumnos una formación superior en el campo jurídico de la Iglesia, mediante el estudio completo y sistemático de la legislación canónica vigente, para prepararlos a la investigación, la docencia y los diversos oficios eclesiásticos.

  2. Doctorado en Derecho canónico. IR A LA WEB. El doctorado constituye el tercer ciclo de los estudios universitarios oficiales, que conduce a la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con una investigación científica de calidad.

  3. Este Programa de Doctorado se articula en torno a las grandes líneas de investigación que se desarrollan en la Facultad de Derecho Canónico en asuntos como: el derecho canónico ante las nuevas realidades eclesiales y sociales; matrimonio y causas matrimoniales canónicas; los procesos en la Iglesia; derecho concordatario comparado, o marco ...

  4. El Programa de Doctorado en Derecho Canónico se enmarca dentro de la Escuela de Doctorado que la Universidad de Navarra ha implantado, en el marco establecido por el RD 99/2011, como órgano de planificación, coordinación y seguimiento de los Programas de Doctorado, y la responsable de su desarrollo y organización es la Facultad de Derecho Canónico.

  5. Campus de Pamplona. Carácter Presencial. 30 Plazas. El Programa de Doctorado en Derecho Canónico se enmarca dentro de la Escuela de Doctorado que la Universidad de Navarra ha implantado, en el marco establecido por el RD 99/2011, como órgano de planificación, coordinación y seguimiento de los Programas de Doctorado, y la responsable de su ...

  6. Doctorado Eclesiástico en Derecho Canónico. Iníciate en la investigación desde el mismo espíritu que ha informado la elaboración del Código: fidelidad en la novedad y novedad en la fidelidad. Aprenderás la metodología necesaria para realizar la tesis doctoral y para continuar después como investigador en temas canónicos. Solicita ...

  7. CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO. ÍNDICE. LIBRO I: DE LAS NORMAS GENERALES (Cann. 1 – 203) TÍTULO I – DE LAS LEYES ECLESIÁSTICAS (Cann. 7–22) TÍTULO II – DE LA COSTUMBRE (Cann. 23–28) TÍTULO III – DE LOS DECRETOS GENERALES Y DE LAS INSTRUCCIONES (Cann. 29–34) TÍTULO IV – DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS SINGULARES (Cann. 35–93)