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    • Garantías y obligaciones generales. [Bloque 12: #a3] Artículo 3. Garantías de abastecimiento y dispensación. 1. Los laboratorios farmacéuticos, entidades de distribución, importadores, oficinas de farmacia, servicios de farmacia de hospitales, centros de salud y demás estructuras de atención a la salud están obligados a suministrar o a dispensar los medicamentos y productos sanitarios que se les soliciten en las condiciones legal y reglamentariamente establecidas.
    • De los medicamentos. [Bloque 18: #ci] CAPÍTULO I. De los medicamentos reconocidos por la ley y sus clases. Subir. [Bloque 19: #a8] Artículo 8. Medicamentos legalmente reconocidos.
    • De la investigación de los medicamentos de uso humano y sus garantías. [Bloque 75: #a58] Artículo 58. Ensayos clínicos y estudios observacionales.
    • De las garantías exigibles en la fabricación y distribución de medicamentos. [Bloque 81: #ci-2] CAPÍTULO I. De la fabricación de medicamentos.
  1. Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios; Ley 10/2013, de 24 de julio; La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) Medicamentos de uso humano; Medicamentos veterinarios; Productos sanitarios

  2. Garantías y uso racional de los medicamentos, productos sanitarios, productos cosméticos y productos de higiene personal en las Fuerzas Armadas del Estado Español: análisis del Real Decreto 1155/2020, de 22 de diciembre.

  3. 25 de jul. de 2015 · Diariofarma. 25 julio 2015 - 12:41. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

  4. 23 de dic. de 2015 · Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios publicado por el Ministerio de sanidad, servicios sociales e igualdad Diario oficial: BOE de 23/12/2015.

  5. Amplía el sistema de garantías (que gira en relación a la autorización del medicamento y la promoción de su uso racional) a la transparencia y objetividad de las decisiones adoptadas así como al control de sus resultados.

  6. Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Ficha. Versiones/revisiones. Ficha: Órgano JEFATURA DEL ESTADO. Publicado en BOE núm. 178 de 27 de Julio de 2006. Vigencia desde 28 de Julio de 2006. Revisión vigente desde 01 de Enero de 2015.