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  1. Descargar PDF (Tomo III) 84.280 kB. Comprar la edición completa en papel. La Nueva Recopilación de las Leyes de Castilla fue la principal fuente del derecho castellano durante casi doscientos cuarenta años, desde 1567 hasta 1805.

  2. LA NUEVA RECOPILACION DE 1567. Consciente de la necesidad de depurar los defectos del Ordenamiento de Montalvo y reunir la totalidad de las disposiciones vigentes en un único volumen, la Reina Isabel de Castilla, en su codicilo de 1504, ordenó se formase una nueva recopilación.

  3. La Nueva Recopilación de 1567 fue la primera recopilación oficial de las leyes de Castilla promulgada durante el reinado de Felipe II. Reunió la legislación procedente de leyes de Cortes, pragmáticas reales y autos acordados hasta 1567 en nueve libros. Su elaboración involucró a destacados juristas y fue aprobada por el Consejo Real.

  4. Apariencia. ocultar. La Recopilación de Leyes de estos reinos, o Nueva Recopilación de Leyes de Castilla, es un cuerpo legal de la Monarquía Hispánica del Antiguo Régimen, sancionado oficialmente el 14 de marzo de 1567 por el rey Felipe II. Está fundamentada en las Leyes de Toro de 1505 y las recopilaciones anteriores: el Ordenamiento de ...

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  5. La Nueva Recopilación, promulgada el 14 de marzo de 1567, contenía la legislación procedente de leyes de Ordenamientos de Cortes -entre otros, el Ordenamiento de Alcalá de 1348 y las Leyes de Toro de 1505-, las Pragmáticas Reales y los Autos Acordados hasta el momento de su redacción, y también parte del Espéculo, del Fuero Juzgo, del ...

  6. Nueva recopilación. La obra compiladora de diversos autores que, luego de aprobada por el Consejo de Castilla, fue promulgada por Felipe 11 en 1567, con el nombre de Nueva Recopilación de las Leyes de España, único ensayo legislativa general entre las Leyes de Toro y la Novísima Recopilación, y que vino a reemplazar el Ordenamiento de ...

  7. La Nueva Recopilación fue promulgada en 1567. el nuevo cuerpo legal consta de casi cuatro mil leyes dispuestas en nueve libros. Sucesivamente enriquecida, es el gran cuerpo legal de los siglos XVII y XVIII.