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  1. Este numeral incluye la financiación de importaciones de bienes y el arrendamiento financiero, informados al Banco de la República. OTROS CRÉDITOS PASIVOS -PREFINANCIACIÓN DE EXPORTACIONES- OTORGADOS POR INTERMEDIARIOS DEL MERCADO CAMBIARIO (IMC) U OTROS NO RESIDENTES.

  2. Definir los numerales cambiarios que deben utilizar los residentes y no residentes, al diligenciar las declaraciones de cambio (Formularios 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 10), por operaciones de cambio, o las operaciones cambiadas autorizadas en moneda legal colombiana.

  3. Se modifica la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83. 1. Se adiciona el número 8 al numeral 1.3“Declaraciones de cambio de las operaciones de comercio exterior” del capítulo 1, el cual quedará así: 8. Para las operaciones de comercio exterior que se paguen a través de proveedores de servicios de pago agregadores residentes, no se ...

  4. Tratándose exclusivamente de la contratación de servicios audiovisuales en Colombia por productores extranjeros, incluyendo los servicios logísticos audiovisuales, a efectos del ingreso de divisas para los pagos deberá utilizarse el numeral cambiario # 1840 - servicios empresariales, profesionales y técnicos-.

  5. Numeral 4020: Si se respaldó un crédito externo activo informado. Numeral 1645: Si se respaldó una operación distinta a un crédito externo activo informado. No hay lugar a canalización de divisas.