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  1. Hace 5 días · El derecho de representación solo es válido en caso de fallecimiento, desheredación o incapacidad. Por lo tanto, no se aplica en caso de renuncia. Puede ocurrir que todos los herederos con el mismo grado de parentesco renuncien a la herencia. Entonces el derecho de herencia sí pasará a sus descendientes. De esta manera se ...

  2. Hace 5 días · El derecho sucesorio (o derecho de sucesiones) es la parte del derecho civil que regula lo que ocurre con los bienes, derechos y obligaciones de una persona física cuando fallece. Es decir, determina cuál va a ser el nuevo titular de los bienes, derechos y obligaciones de la persona, a partir del momento de su muerte.

  3. Hace 5 días · Existe bastante confusión, en general, sobre qué normativa se aplica en la sucesión de un causante y sobre en qué lugar tienen que liquidar el Impuesto sobre Sucesiones sus herederos. Por un lado, la normativa sucesoria a aplicar, cuando fallece una persona, es la correspondiente a la de la vecindad

  4. Hace 4 días · La rectificación de partida se puede hacer por dos vias: por el registro civil (tarda mas de un año) o por via judicial, que es un proceso y que tarda entre 6 meses o mas y que vas a tener que acreditar documentalmente o por testigos que era soltero.

  5. Hace 5 días · Re: sucesión+presunto_fallecido. por DAL. Jue Oct 09, 2008 7:41 am. Hola Rodolfo, aca vamos. Si la sentencia de presunción de fallecimiento del hijo, pone una fecha de presunto fallecimiento del hijo ANTERIOR a los padres, a la sucesión de los padres concurren el hijo vivo y los dos nietos hijos del desaparecido. Es sucesión de los ...

  6. Hace 5 días · HONORARIOS SUCESION. por lucrecia. Lun Oct 09, 2006 8:28 pm. Mi pregunta es la siguiente. Generalmente cuando una persona tiene un tramite en cuestión que demanda la actuacion de un abogado, busca a alguno de su confianza. Es por eso que me dirigí a una abogada amiga de mi hermano, la cual me asesoro en una sucesion para mi marido.

  7. Hace 3 días · Código General del Proceso. Artículo 496. Administración de la herencia. Desde la apertura del proceso de sucesión, hasta cuando se ejecutoríe la sentencia aprobatoria de la partición o adjudicación de bienes, la administración de estos se sujetará a las siguientes reglas: 1.