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  1. ¿Cómo realizar la solicitud de devolución? Se podrá solicitar la devolución de las percepciones que tengan código 217 o 219 y que correspondan a los regímenes 591 a 600, inclusive, cuando estas no puedan ni deban computarse como un pago a cuenta de ganancias o bienes personales.

    • Requisitos

      ¿Qué se necesita para solicitar la devolución? Previo a...

    • Seguimiento

      ¿Cómo realizar el seguimiento de la solicitud de devolución?...

    • Pago

      Procedimiento para solicitar la devolución y condiciones...

    • Guías Paso a Paso

      Solicitud de devolución de las percepciones practicadas...

    • Quiénes pueden pedirlo. Podrán iniciar el trámite quienes no estén inscriptos en el impuesto a las Ganancias, o bien paguen Ganancias pero no Bienes Personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
    • Requisitos para solicitarlo. Quienes busquen iniciar el trámite deberán tener número de CUIT, clave fiscal ante AFIP de nivel de seguridad 2 o superior, se deberá informar a la AFIP el número de CBU en la que se acreditarán los fondos a través del servicio “Declaración de CBU”, tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
    • Sobre qué percepciones se puede pedir. Solamente se permitirá pedir la devolución de las percepciones del 35%, 45% y 25% de la Resolución General 4815 de la AFIP.
    • ¿La solicitud es anual? No, el trámite de devolución es por cada mes en que se practicaron percepciones. “Si te practicaron percepciones en los 12 meses de 2022 y querés solicitar la devolución de todas las percepciones, vas a tener que presentar 12 solicitudes de devolución, una por cada mes”, detalló Domínguez.
  2. 25 de ene. de 2024 · Paso a paso, cómo solicitar la devolución de percepciones de AFIP. Franco Della Vecchia. Las percepciones que pueden ser objeto de devolución se generan principalmente a través de la compra de moneda extranjera o pagos realizados en el extranjero. 25 Enero de 2024 09.50.

  3. 2 de ene. de 2024 · ¿Quiénes pueden solicitar la devolución? La opción de devolución está abierta para aquellos contribuyentes que cumplan con ciertos criterios: Aquellas personas que no hayan sufrido...

  4. Para solicitar la devolución, deberán utilizar el servicio con clave fiscal "Mis Aplicaciones WEB”. Recordá que para acceder a este servicio deberás: - Ingresar a la página de AFIP ( www.afip.gob.ar ) y presionar “INGRESAR” en el recuadro “Acceso con Clave Fiscal”.