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  1. Artículo 1905 del Código Civil. El gestor que se encargue de un asunto contra la expresa voluntad del dueño, si éste se aprovecha del beneficio de la gestión, tiene obligación de pagar a aquél el importe de los gastos hasta donde alcancen los beneficios, a no ser que la gestión hubiere tenido por objeto librar al dueño de un deber ...

  2. Artículo 1905. El gestor que se encargue de un asunto contra la expresa voluntad del dueño, si éste se aprovecha del beneficio de la gestión, tiene obligación de pagar a aquél el importe de los gastos hasta donde alcancen los beneficios, a no ser que la gestión hubiere tenido por objeto librar al dueño de un deber impuesto en interés ...

  3. El art. 1905 de nuestro Código Civil, establece una responsabilidad inherente a la posesión o utilización en interés propio del animal causante del daño, que nace de la mera causación del daño, contemplando de este modo una responsabilidad de carácter no culpabilista o por riesgo.

  4. Te explicamos el artículo 1905 del Código Civil español, que hace referencia a las obligaciones que nacen por la culpa o por negligencia.

  5. 11 de may. de 2020 · La imputación objetiva se contrapone a la “imputación subjetiva” o “imputación al sujeto”: a la imputación de un evento dañoso, objetivamente imputable a una conducta o a una fuente de riesgos anormales o extraordinarios, al sujeto: (i) autor culpable o negligente de dicha conducta (responsabilidad por culpa); o (ii) que controla dicha fuente de...

  6. 9 de dic. de 2021 · El artículo 1905 del Código Civil es el fundamento de dicha obligación, y establece que: “ El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido.”

  7. El artículo 1905 del Código Civil español se encuentra relacionado con la responsabilidad extracontractual. Este artículo hace referencia a que el dueño de un animal es responsable de los perjuicios que pudiera causar.