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  1. Código Civil Federal› Libro Cuarto - De las Obligaciones› Primera Parte - De las Obligaciones en General› Título Quinto - Extinción de las Obligaciones› Capítulo III - De la Remisión de la Deuda› Artículos 2209 al 2212. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF.

    • Capitulo Iv

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    • Capitulo Ii

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    • Titulo Quinto

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  2. 23 de ene. de 2023 · Derecho civil. ( 5) La remisión o condonación es un medio extintivo de las obligaciones que consiste en un acto unilateral por el cual el acreedor libera a su deudor al renunciar a su derecho de recibir y exigir la prestación debida. Esta renuncia equivale a perdonar la deuda y puede ser total o parcial, cuando es parcial recibe el nombre de quita.

    • Características de La Condonación O Remisión.
    • Requisitos para La Condonación O Remisión de deudas.
    • Condonación O Remisión Tácita.
    • Ley de Condonación de Deudas en Colombia.
    • Ejemplo de Remisión Condonación de deudas.

    Condonar una deuda es como perdonar al deudor, que es relevado de su obligación de pagar por el acreedor. A la condonación también se le conoce como remisión. La condonación de una deuda se caracteriza principalmente por ser un modo de extinguir las obligaciones de conformidad con lo establecido por el código civil. Mediante la remisión o la condon...

    La condonación es un acto de mera liberalidad del acreedor, y se sujeta a las reglas que señala el artículo 1712 del código civil: Es decir que la condonación se trata como si de una donación se tratara, de manera que en los casos en que la ley exige que la donación sea insinuada, aplica también para la condonación de una deuda. Es decir, que, aunq...

    Por último, hay que establecer que también puede haber remisión tacita, y esta se da cuando el acreedor de manera facultativa entrega al deudor el título en el que consta la obligación, lo destruye o lo cancela con intención clara de extinguir la deuda. Es decir, quien tiene una deuda respalda por una letra de cambio, o pagaré, por ejemplo, y entre...

    En Colombia no existe una ley como tal que ordene condonar las deudas, excepto que la ley 1448 que ofrece aun tratamiento especial para las víctimas del conflicto armado en Colombia. Eventualmente el estado emite alguna ley que condona cierto tipo de deudas, especialmente fiscales, pero no puede ordenar la condonación de deudas con particulares, au...

    Un ejemplo de la condonación de las deudas ocurre en los casos en que la Dian perdona parte de los intereses o sanciones que adeuda un contribuyente, o cuando el Icetex rebaja parte de lo que le adeuda un estudiante. O cuando el Banco mundial o el FMI condona las deudas de algunos países que sufren alguna crisis o catástrofe. O cuando un amigo deci...

  3. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  4. Artículo 2010. Artículo 1984. Cuando hay pluralidad de deudores o de acreedores, tratándose de una misma obligación, existe la mancomunidad. Artículo 1985. La simple mancomunidad de deudores o de acreedores no hace que cada uno de los primeros deba cumplir íntegramente la obligación, ni da derecho a cada uno de los segundos para exigir ...

  5. go Civil Federal disponen: Artículo 1991.-"La novación, compensación, confusión o remisión hecha por cualquiera de los acreedores solidarios, con cualquiera de los deudores de la misma clase, extingue la obligación". Artículo 2207.-"La confusión que se verifica en la persona del acree­