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  1. CÓDIGO CIVIL DE VENEZUELA (Gaceta Nº 2.990 Extraordinaria del 26 de Julio de 1982) EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA DECRETA el siguiente, CÓDIGO CIVIL TÍTULO PRELIMINAR DE LAS LEYES Y SUS EFECTOS, Y DE LAS REGLAS GENERALES PARA SU APLICACIÓN Artículo 1 La Ley es obligatoria desde su publicación en la GACETA OFICIAL o desde la fecha

  2. Artículo 2402. En el primer caso del artículo anterior, la constitución del arrendamiento se sujetará a los límites fijados en la autorización, y en el segundo, a los que la ley haya fijado a los administradores de bienes ajenos. Artículo 2403. No puede arrendar el copropietario de cosa indivisa sin consentimiento de los otros ...

  3. Esta cita, tomada del artículo 1271 del Código Civil, nos dice que todas las cosas, incluso las cosas futuras, pueden ser objeto de un contrato, siempre y cuando no estén fuera del alcance del comercio de los humanos. Sin embargo, en el caso de la herencia futura, solo se pueden celebrar contratos relacionados con la división de los bienes ...

  4. 18 de nov. de 2023 · Jurisprudencia del artículo 201 del Código Civil. Corte Suprema Compraventas no son anulables si compradora sabía que sobre inmuebles pesaba una hipoteca de valor menor al costo de aquellos [Casación 2190-2014, Lima].

  5. Artículo 1859. Las disposiciones legales sobre contratos serán aplicables a todos los convenios y a otros actos jurídicos, en lo que no se opongan a la naturaleza de éstos o a disposiciones especiales de la ley sobre los mismos. Código Civil Federal, Capítulo I, Título Primero, Primera Parte, Libro Cuarto, por Justia México.

  6. 19 de sept. de 2015 · Artículo 1270. Artículo 1271. Artículo 1272. Artículo 1273. Artículo 1274. Artículo 1275. ARTICULO 1270.-. Aceptación de la obra. La obra se considera aceptada cuando concurren las circunstancias del artículo 747.

  7. Artículo 1263 del Código Civil. Código Civil. Los menores de edad no emancipados podrán celebrar aquellos contratos que las leyes les permitan realizar por sí mismos o con asistencia de sus representantes y los relativos a bienes y servicios de la vida corriente propios de su edad de conformidad con los usos sociales. art 1263 cc.