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  1. “LA ESCUELA DEL DERECHO NATURAL RACIONALISTA” I. LA ESCUELA DEL DERECHO NATURAL El racionalismo en materia jurídica siempre sostuvo que las relaciones so-ciales se rigen por leyes naturales que forman el derecho natural. El racio-nalismo defiende y postula un iusnaturalismo, basado en la existencia de

  2. Hugo Grocio, de estudio y actuación precoces, llevó una vida agitada en que conoció desde la cárcel y el exilio hasta la actuación diplomática. Se le ha presentado como el creador del Derecho Natural y del derecho internacional, pero, apunta Touchard, “no creó ni uno ni lo otro”.

  3. iv-hugo-grocio-vida-y-obra.pdf (2.591Mb) . Universidad Nacional Autónoma de México. Instituto de Investigaciones Jurídicas.

  4. LA DOCfRINA DEL DERECllO NATURAL DE HUGO GROCIO 299 las exigencias de ésta, preceptúa la rectitud moral de los actos humanos. Partiendo de esta definición describe Rugo Grocio el contenido del Derecho natural y entra directamente en la problemática de su posible variabilidad.

  5. La escuela del derecho natural debe su origen al pensador holandés Hugo Grocio, quien, en su obra publicada en 1625, reconoce la existencia de un derecho natural y lo considera como “una regla dictada por la recta razón”, y que esta regla existiría, aunque no hubiera dios, separando claramente el derecho de la religión.

  6. 1 de jul. de 2019 · El discurso académico francés, británico y estadounidense suele acusar como antecedente preilustrado el pensamiento de Hugo Grocio, pero pasa por alto que Grocio era súbdito de la monarquía hispánica y que fue continuador de Francisco de Vitoria y de la escolástica española, vaso comunicante de capital importancia entre el pensamiento medieval y la modernidad renacentista antecesora de ...

  7. Hugo Grocio (1583-1645) Jurista holandés, historiador, hombre de Estado. Figura preeminente entre los teóricos burgueses del derecho natural y del contrato social (Teoría del contrato social). Según Grocio, el derecho y el Estado no son de origen divino, sino terreno. El Estado surge por convenio entre los hombres.