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  1. 6 de may. de 2024 · En Colombia, el artículo 1611 del código civil, indica que el contrato de promesa de compraventa debe cumplir con todos los requisitos a que se hace referencia para que se considere obligatorio lo expresado en ella: Que la promesa de compraventa se formalice de manera escrita.

  2. Hace 4 días · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024. Código Civil. Artículo 1602. Los contratos son ley para las partes. Todo contrato legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales. Colombia Art. 1602 CC.

  3. 30 de abr. de 2024 · Según el Código Civil Colombiano, específicamente en su Artículo 905, la servidumbre de tránsito se aplica cuando un predio se halla destituido de toda comunicación con el camino público por la interposición de otros predios. En estos casos, el dueño del primer predio tiene derecho a imponer a los demás la servidumbre de tránsito, en ...

  4. Hace 4 días · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024. Código Civil. Artículo 1627. Pago ceñido a la obligacion. El pago se hará bajo todos respectos en conformidad al tenor de la obligación; sin perjuicio de lo que en los casos especiales dispongan las leyes.

  5. Hace 2 días · La Sociedad de Bienes Raíces Latinoamérica te explica sobre el tema: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA. Según el Código Civil en Colombia “se gana por prescripción el dominio de los bienes corporales, raíces o muebles, que están en el comercio humano, y se han poseído con las condiciones legales”.

  6. 26 de abr. de 2024 · El artículo 411 del Código Civil establece la obligación de dar alimentos a cargo de los progenitores, siempre y cuando se demuestre el parentesco Por Tatiana Munevar 26 Abr, 2024 09:16 a.m. EST

  7. 4 de may. de 2024 · En Colombia, la legislación establece que la esposa tiene derecho a una parte de la herencia de su cónyuge fallecido, conocida como legítima. La legítima es una porción de la herencia que la ley reserva para ciertos herederos, en este caso, la esposa del difunto.