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  1. 24 de abr. de 2024 · Artículo 1758. La propiedad de los documentos de carácter civil que se extiendan a la orden, se transfiere por simple endoso, que contendrá el lugar y fecha en que se hace, el concepto en que se reciba el valor del documento, el nombre de la persona a cuya orden se otorgó el endoso y la firma del endosante.

  2. 4 de may. de 2024 · En primer lugar, se debe indicar el nombre completo del código, seguido por el número de la norma o artículo específico al que se hace referencia. Por ejemplo, si se cita un artículo del Código Civil Federal de México, se debe incluir el nombre completo del código y el número de artículo correspondiente. Además, es fundamental ...

  3. 15 de abr. de 2024 · Código Civil Artículo 1758 Colombia. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024. Código Civil. Artículo 1758. Colombia Art. 1758 CC. Hacer una pregunta en los comentarios.

  4. 17 de abr. de 2024 · Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 1728. Previsibilidad contractual. En los contratos se responde por las consecuencias que las partes previeron o pudieron haber previsto al momento de su celebración.

  5. 30 de abr. de 2024 · Código Civil Artículo 1 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 06-05-2024. Código Civil. Artículo 1. La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite. Chile Art. 1 CC.

  6. 15 de abr. de 2024 · Código Civil. Artículo 1584. Deberes y derechos de las partes en obligaciones indivisibles. Cada uno de los que han contraído unidamente una obligación indivisible, es obligado a satisfacerla en todo, aunque no se haya estipulado la solidaridad, y cada uno de los acreedores de una obligación indivisible tiene igualmente derecho a exigir el total.