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  1. Las controversias judiciales del orden civil deberán resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica. A falta de ley se resolverán conforme a los principios generales de derecho. Artículo 20.- Cuando haya conflicto de derechos, a falta de ley expresa que sea aplicable, la

  2. Artículo 20 del Código Civil. Código Civil. 1. Tienen derecho a optar por la nacionalidad española: a) Las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español. b) Aquellas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.

  3. Artículo 20 del Código Civil de México – Conceptos Jurídicos. Código Civil Federal. Cuando haya conflicto de derechos, a falta de ley expresa que sea aplicable, la controversia se decidirá a favor del que trate de evitarse perjuicios y no a favor del que pretenda obtener lucro.

  4. Código Civil Federal. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. El Código Civil Federal es un ordenamiento jurídico que rige en toda la República Mexicana en asuntos de naturaleza civil del orden federal. Este Código contiene disposiciones relativas a las personas físicas y a las personas morales, al ...

  5. ARTICULO 19.- Las controversias judiciales del orden civil deberán resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica. A falta de ley se resolverán conforme a los principios generales de derecho. ARTICULO 20.- Cuando haya conflicto de derechos, a falta de ley expresa que sea aplicable, la

  6. Crédito: DOF del Código Civil Federal original de 1928 digitalizado por el área de compilación de leyes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Decretos de Reforma: 59. DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, del Código Civil Federal ...

  7. Código Civil Federal› Libro Cuarto - De las Obligaciones› Primera Parte - De las Obligaciones en General› Título Primero - Fuentes de las Obligaciones› Capítulo V - De las Obligaciones que Nacen de los Actos Ilícitos› Artículos 1910 al 1934 Bis. Última Reforma DOF 11-01-2021.