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  1. Devolución. Cuando no corresponda la percepción practicada se podrá solicitar la devolución del impuesto ante el agente de percepción, adjuntando las pruebas que justifiquen la solicitud. La operación quedará sujeta a las medidas de control correspondientes por parte de este organismo.

    • Pago a Cuenta

      Devolución. Pago a cuenta para importadores. Se establece un...

    • Percepción

      En los casos que corresponda abonar el impuesto pero el...

    • ¿Cuándo Se VA A Devolver El 35 Del Dólar?
    • ¿Cómo Solicitar La Devolución Del Impuesto pais?
    • Los Requisitos Que Se necesitan para hacer El trámite
    • Primer Paso de La Devolución Del 35%: Clave Fiscal Y Acceso
    • Segundo Paso de La Devolución Del 35%: La Carga Del CBU
    • Tercer Paso de La Devolución Del 35%: Impuesto País
    • Cuarto Paso de La Devolución Del 35%: Los Agregados
    • Quinto Paso de La Devolución Del 35%: Los Controles
    • Séptimo Paso de La Devolución Del 35%: El Pago

    A partir de la solicitud del pedido de devolución del 35% del Impuesto PAÍS, se estima que la devolución no debería superar los 90 días.

    En la página web de la AFIPse encuentra disponible la devolución del 35% del impuestoen la compra de dólar ahorro para las personas que no están alcanzadas ni por el impuesto a las Ganancias ni por Bienes Personales. El trámite se realizaa través de la web de la AFIP y está habilitado tanto para los monotributistas como para lostrabajadores en rela...

    Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
    Contar con Clave Fiscal.
    Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de tu cuenta bancaria, a través del servicio con Clave Fiscal "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad so...

    Parainiciar el trámite de devolución del 35% sobre el dólar ahorro es necesario contar con clave fiscal. Quienes aún no tengan esta clavela puedan generar online en la misma página de AFIP.Para ello hace falta el DNI, el número de CUIL, un mail y generar una contraseña de diez dígitos. Con esto se crea una clave de "nivel 2". Quien ya tenga clave p...

    Para poder pedir la devolución del 35% es necesario queel contribuyente ​le informe previamente a la AFIP cuál es la CBU de la cuenta bancariaen la que el organismo fiscal debería hacerle el depósito del reintegro.

    El siguiente paso esentrar en "Devolución de percepciones" y elegir la opción "Impuesto PAIS". Y allí el usuario podrá ver las retencionesque el sistema ya tiene cargadas. Atención: lo que se devuelve no es el impuesto PAIS del 30% sobre la compra del dólar ahorro, sino la retención del 35% de Ganancias.

    En caso de que el usuario tuviera más operaciones alcanzados por este impuesto del 35% que no aparezcan en el listado que le muestra la AFIP,podría cargar cada una de esas operaciones en lasolapa "Agregar percepción". Para completar esta referencia deberá contar con lafecha y el número de factura correspondienteo la referencia en el resumen de la t...

    A partir de ese momento,la AFIP revisará todos los pedidos y constatará si son pertinentes.Es decir, si se corresponden con el nivel de ingresos del contribuyente y si efectivamente éste no está alcanzado por Ganancias y Bienes Personales. Y luego le informará al contribuyentecuándo le hará efectiva la devolución del 35% sobre el dólar ahorro. Desd...

    Cuando la AFIP revise los pedidos y determine la validez,depositará el monto correspondiente en la cuenta informada por el contribuyente a través de la Clave Bancaria Uniforme(CBU). De esta manera, se efectiviza la devolución del 35% sobre el dólar ahorro.

  2. Ingresar en el sitio oficial de AFIP. En el recuadro “Ingresar con Clave Fiscal”, presionar “Iniciar sesión”. Luego, ingresar el número de CUIT y clave fiscal. Ir al apartado de servicios: “Devolución de percepciones”.

    • Quiénes pueden pedirlo. Podrán iniciar el trámite quienes no estén inscriptos en el impuesto a las Ganancias, o bien paguen Ganancias pero no Bienes Personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
    • Requisitos para solicitarlo. Quienes busquen iniciar el trámite deberán tener número de CUIT, clave fiscal ante AFIP de nivel de seguridad 2 o superior, se deberá informar a la AFIP el número de CBU en la que se acreditarán los fondos a través del servicio “Declaración de CBU”, tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico.
    • Sobre qué percepciones se puede pedir. Solamente se permitirá pedir la devolución de las percepciones del 35%, 45% y 25% de la Resolución General 4815 de la AFIP.
    • ¿La solicitud es anual? No, el trámite de devolución es por cada mes en que se practicaron percepciones. “Si te practicaron percepciones en los 12 meses de 2022 y querés solicitar la devolución de todas las percepciones, vas a tener que presentar 12 solicitudes de devolución, una por cada mes”, detalló Domínguez.
  3. 2 de ene. de 2023 · Por disposición de AFIP, ya se pueden solicitar las devoluciones de las percepciones del 35% practicadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022 para los que compraron dólares para atesoramiento o pagaron servicios con tarjetas en el exterior.

  4. 2 de ene. de 2024 · La AFIP habilitó a partir de este lunes 1 de enero la opción para solicitar la devolución de percepciones de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales por la compra de...